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¡Hablemos de Inmigración! – 11.19.2024

Martha Arias - Actualidad Radio Interviews

HABLEMOS DE INMIGRACIÓN CON MARTHA ARIAS
11.19.2024

Hello everyone! During my recent Instagram Live with Juan Camilo on Actualidad Radio, we covered some key immigration topics, including the difference between credible fear interviews and asylum interviews—something that often gets confused. The credible fear interview is conducted when someone enters the U.S. and claims fear of returning to their country, while the asylum interview is a step further into their immigration process.

We also discussed the long delays people are experiencing in getting their asylum interviews—something that, while frustrating, may have options like requesting expedited processing, though this can be costly and not always effective. I also shared updates about USCIS clarifying derivative citizenship rules, particularly around custodial requirements for children when their parents become U.S. citizens.

I took a moment to reflect on my 21-year journey in immigration law, a field I chose because it allowed me to support my family while working closely with my community. As always, I encourage anyone with specific questions or concerns to reach out directly—you can find me at ariasvilla.com or follow me on Instagram at @Martha_Arias98.

Thank you to everyone who joined the Live and sent in their questions. Remember, if you have more doubts or need assistance, you can contact me at (305) 671-0018. See you next time!

¿Tienes preguntas sobre las nuevas leyes de inmigración en Florida? Contáctanos.

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Best Miami Immigration Lawyer Martha L. Arias, Esq. is a presenter at Actualidad Radio 1040 AMA live program, where every Tuesday at 5 pm, Juan Camilo Gómez from Actualidad Radio team up with immigration law attorney Martha L. Arias, Esq. to clear all your doubts about immigration issues. Tune in Actualidad Radio on 1040 AM and 103.9 FM.

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Transcripción en Español

JUAN CAMILO:
Hola a todos, gracias por acompañarnos en otro Instagram Live de Actualidad Radio. Hoy vamos a hablar sobre migración y en segundos vamos a conectarnos con Martha Arias. Ella es una muy reconocida abogada experta en asuntos migratorios. Si están viendo esto en su feed, seguramente es una repetición de algo que hacemos todos los martes alrededor de las 5 de la tarde hora de Miami para abordar algunos temas relacionados con inmigración.

Cuáles son las leyes más recientes, qué es lo que puede cambiar próximamente, qué es lo que está pasando con temas, por ejemplo, con el nuevo presidente que va a asumir el próximo 20 de enero. Donald Trump va a cambiar algunas cosas en materia de inmigración o va a seguir todo exactamente igual que tanto podemos ver deportaciones o no. Muchas preguntas que no entendemos del todo, que queremos entender mejor. Así que esta es una gran oportunidad porque también vamos a abrir para que la gente que tenga alguna pregunta sobre inmigración pueda compartir también sus inquietudes con nosotros.

Entonces, si tienen alguna pregunta de inmigración, vamos a aprovechar este espacio y vamos a dejarla en la casilla de los comentarios. Ahí la vamos a contestar en breve con la abogada Martha Arias. Background para conocer un poco sobre la abogada. Martha Arias es una muy reconocida experta en asuntos migratorios, es una personalidad de radio y televisión de acá del sur de Florida y es una abogada licenciada para ejercer como abogada en asuntos migratorios en todo el territorio nacional. Recuerden que la ley de inmigración es una ley federal, no es como los abogados de pronto civiles o penales que tienen que sacar las licencias en cada uno de los estados en ley migratoria en Estados Unidos, es una ley que es la misma a nivel nacional.

Entonces, por eso siempre consultamos con ella porque tenemos muchas personas que se conectan, que nos ven desde Texas, desde New Jersey, desde cualquier cantidad de estados o desde el exterior. Hay gente que se conecta desde Colombia, desde Venezuela, así que muy bueno que también resolvamos muchas de esas inquietudes acá en este espacio con la abogada Martha Arias.

Normalmente no alcanzamos a realmente contestar muchos porque siempre el tiempo es corto. Y abogada Martha Arias, con eso si no alcanzamos a responder sus preguntas, siempre podemos conectarnos con ella y siempre encontramos otros espacios para que puedan también dejarle sus mensajes y sacar una cita con ella. Y ahora tenemos acá con nosotros abogada Martha Arias, gracias por acompañarnos, bienvenida. Nuevamente Actualidad Radio. Gracias por acompañarnos.

MARTHA ARIAS:
Hola Juan Camilo, buenas tardes, un saludo para usted y toda la audiencia que ya tenemos aquí en Actualidad Radio y en mi Instagram. Feliz semana, ya está empezando a ser frío, ¿cierto Juan Camilo?

JUAN CAMILO:
Ya, ya está comenzando acá en Miami a sentirse un poco más el frío. Entonces, de antemano y desde ya les invitamos a que sigan la cuenta de Martha Arias, que la encuentran acá arriba. Es Martha_Arias98. Eso es algo que les puede ayudar mucho a ustedes, por ejemplo, estar bien informados si se perdieron parte de estos Instagram Live. Luego quedan ahí publicados. Así que bueno, de antemano la invitación para que la sigan.

Abogada, antes de comenzar con algunos de los temas vamos vamos a también, por supuesto, darle oportunidad a los oyentes que están o a los televidentes, a los seguidores que están participando de este live y por acá ya tenemos algunas preguntas comenzando. El jefo dice tengo 10 años esperando la entrevista de miedo creíble una vez pregunté si se podía agilizar el trámite y la ahogada me dijo que se le cortó la pregunta que deportar no agilizar el trámite ya que el miedo creíble debía ser actual; pero el retardo del trámite es debido a la administración y no a mí, porque ese exceso de tiempo me perjudica. Ya sabemos con casos como el del jefe, porque tiene un caso, una humildencia medio creíble o esperando una cita de miedo creíble, pero si el miedo creíble tiene que ser reciente y lleva muchos años esperándolo, que podemos contarle a esta persona.

MARTHA ARIAS:
Ay, Juan Camilo, yo no sé si el señor tiene claro que está esperando la entrevista de miedo creíble o más bien la entrevista de su asilo, de su petición de asilo, porque aunque están relacionados son dos cosas distintas. La entrevista de miedo creíble la dan los oficiales de CBP o incluso de ICE a personas que están entrando por la frontera esas personas que se cruzan a la frontera, incluso los que hacen la aplicación en el CBP-1, la aplicación esta que tienen, estas personas son las que le dan en la entrevista de miedo creíble. Es una entrevista donde el gobierno de los Estados Unidos sabe que esta persona puede ser deportable porque no tiene, está entrando por la frontera y no tiene un parol o una visa para entrar y la persona reclama miedo de volver a su país y entonces le hacen esa entrevista de miedo creíble y si pasa la entrevista de miedo creíble lo puede ver a un juez de inmigración más adelante para su caso de deportación.

Va a tener la oportunidad de procesar esa aplicación de asilo ante un juez. En otras palabras, el miedo creíble o la entrevista de miedo creíble es el primer para un caso de asilo. También hay una entrevista de miedo creíble que se puede dar a la persona que entra por el aeropuerto. Llegó con una visa, entró al aeropuerto y dice yo tengo miedo de regresar a mi país, voy a aplicar para asilo. Los oficiales en el aeropuerto le hacen esa entrevista de miedo creíble. Esa tiene que ser inmediatamente antes de que lo dejen entrar. Por eso yo pienso que esta persona de pronto no está usando los términos correctos. Eso por eso le explico ahora.

La entrevista de asilo es otra cosa. Esa es la entrevista que le hace USCIS, si el caso está con ellos, para determinar el mérito de su asilo, de su aplicación. También, una vez se la niegan, si es que se la niegan, el juez le va a hacer otra audiencia o le va a hacer un proceso de deportación donde la persona puede continuar con su reclamo de asilo.

Entonces… Esta persona si lleva 10 años esperando, lo que me hace a mí pensar es que está esperando su entrevista de asilo. Es cierto, se están demorando mucho. Hay personas que tienen peticiones que presentaron en el 2012 y 2013 y todavía siguen pendiente. ¿Qué hay que hacer? La mayoría no pueden hacer mucho, lo que puede hacer es tratar de mandar una carta pidiendo la agilización que de hecho yo tengo algunos casos donde he pedido esta agilización, en algunos casos lo conceden en otros no. Así que no hay nada certeza que podamos decir vamos a invocar esta ley para que nos den el asilo antes, no, eso no existe. Ahora sí, hay algunos abogados que están presentando algunas demandas en las cortes distritales bajo una causa de, de, de, de, se llama cost of action bajo alguna sección que pues, eh, básicamente es decirle a la corte, eh, a un juez que por favor nos de, nos lo obliguen a inmigración a procesar mi caso más rápido. Eh, pero estos son casos que son costosos, la mayoría de la gente no va a pagar por esto, son casos que le pueden costar a una persona 15, 20 o 25 mil dólares y eso siendo económico. Entonces nadie presenta casi esas demandas porque es muy costoso.

Entonces, Juan Camilo, eso quería aclarar con la pregunta del señor y pues puede mandar una carta a su abogado pidiendo la agilización y la razón. Pero yo no creo que el señor se esté refiriendo a una entrevista de miedo creíble porque eso tenía que haber pasado hace mucho rato.

JUAN CAMILO:
Realmente es la de asilo. Pero la mejor recomendación en esos casos es como bien dice la abogada consultar con abogados expertos en migración. Nosotros consultamos con Martha Arias porque tiene mucha experiencia en estos temas y dejamos el teléfono abajo para que ustedes la consulten, porque acá tratamos de brevemente contestar algunas inquietudes, pero siempre nos quedamos cortos. Entonces por eso ponemos abajo el teléfono del despacho de la abogada que es el (305) 671-0018; o su página web que es Ariasvilla.com.

Abogada, ¿qué nos puede contar sobre una actualización que hizo USCIS, USCIS, sobre la interpretación de algunos requisitos de la ciudadanía derivativa? ¿Esto qué significa y qué es lo que cambió?

MARTHA ARIAS:
Sí, a ver, no creo que haya cambiado tanto. De pronto sí se aclararon muchos puntos. Juan Camilo, La ciudadanía derivativa es la ciudadanía que adquieren los jóvenes o los niños que tienen menos de 18 años cuando sus padres se hacen ciudadanos. Salió una ley en el 2000 que se llama el Child Citizenship Act y esa ley estableció unos requisitos para poder ese niño recibir la ciudadanía derivativa de sus padres.

Uno de los requisitos a grandes rasgos son que el papá o la mamá se hagan ciudadanos antes de ese niño tener 18 años. Segundo, el niño haber entrado como residente de los Estados Unidos. Tercero, tiene que estar bajo la custodia de ese papá o mamá que se hizo ciudadano americano aquí en los Estados Unidos. Entonces hay algunos problemas de interpretación.

Le voy a dar un ejemplo. Entra María, hija de Pedro. Pedro se hizo ciudadano antes de María cumplir 18 años. Pedro pide a María. María recibe la residencia y entra a los Estados Unidos cuando María tiene 18 años y medio. Sí?.

Entonces María pide la ciudadanía derivativa porque va y le dice emigración. Mi papá se hizo ciudadano cuando yo tenía 16 años. Yo soy residente. Ya entré a los Estados Unidos. Yo estoy bajo la custodia, yo estuve bajo la, mi papá tenía mi custodia.

Mi papá tenía mi custodia en papel porque no, la niña no estaba aquí, María no estaba físicamente en los Estados Unidos antes de los 18 años, entró a los 18 años y medio. Entonces la interpretación a veces de la ley era María se considera que estaba bajo la custodia de Pedro sabiendo que tenía cuando entró 18 años y medio y nosotros sabemos aquí que la ciudad la mayoría de aquí se adquiere a los 18 años. Para para licor será los 21 para ciertas cosas de inmigración también será los 21; pero técnicamente la mayoría de edad se adquiere a los 18 años entonces después de los 18 años no hay custodia de los hijos de estos se acaba la custodia.

Entonces se considera que Pedro tenía la custodia de María antes de los 18 años, sabiendo que María vivía en su país y Pedro está en los Estados Unidos. Esa interpretación ha ocasionado problemas. Este tipo de actualización que hizo Inmigración hoy no es que cambie la ley, sino que está interpretando cuando la custodia de María se considera que Pedro sí la tenía si ella entró a los 18 años y medio, por ejemplo.

María venía cada año, cada dos años a los Estados Unidos, parezaba seis meses, ocho meses, estudiaba aquí. Bueno, ¿qué son los requisitos? Esa es la interpretación. Otra cosa, por ejemplo, hay personas que mandaban a hacer la modificación de la custodia de los padres. Si en el documento de custodia quedaba que la mamá de María, Juana, tenía la custodia de María, pero no mencionaba a Pedro.

Después, lo abogado fue, hizo una modificación a la custodia para que quedaran ese documento que Pedro también tenía la custodia de Juana. Y ese documento era el que presentaban a inmigración. Esta aclaración dice cuando Estados Unidos va a considerar que la custodia legal de ese padre tiene efectos retroactivos por si hubo alguna modificación que fue después de que se aplicó, me entiende, porque la gente hacía eso.

Entonces lo que hace inmigración con este documento que emitió esta semana es aclarar estas interpretaciones que son requisitos de la ley, pero que se prestan para interpretaciones erróneas o de distintos ángulos, y entonces inmigración está aclarando. Muy importante, consulten con su abogado, consulten a nuestra oficina; para decirle pues si usted está en un caso de esto esta nueva interpretación le favorece o no.

JUAN CAMILO:
Qué buena aclaración abogada y sobre todo porque muchas veces estos casos o estos procesos demoran muchos años uno comienza tramitando para los hijos con los menores de edad se hacen mayores de edad se hacen residentes luego quieren hacerse ciudadanos y resulta que en todo ese espacio cambiaron tres o cuatro veces las normas y de pronto uno se quedó pensando que las cosas siguen igual; a cuando el hijo tenía 10 años y resulta que no.

Entonces, por eso una gran recomendación es precisamente consultar con abogados expertos en migración para que nos ayuden a entender qué ha cambiado, qué tenemos que llenar mejor, qué tenemos que modificar y sobre todo cómo nos ahorramos tiempo, una cantidad de dinero y papeles que muchas veces solamente se pueden llenar una vez.

Así que si tienen alguna consulta o alguna pregunta, el teléfono que encuentran abajo es el teléfono del abogado Martha Arias, el (305) 671-0018 o su página web que es AriasVilla.com.

Abogada, ¿qué nos puede contar acá? Mamba Jota pregunta, ¿hay alguna aplicación, alguna diferencia para aplicar a asilo dependiendo de los países o cualquier país o algún ciudadano de cualquier país puede aplicar para un asilo?

MARTHA ARIAS:
En teoría, sí, cualquier país pudiera aplicar en teoría no hay que hacer un análisis, por ejemplo, le doy un ejemplo, si una persona viene de Inglaterra y va a aplicar asilo y lo va a aplicar por cuestiones políticas, bueno, tendríamos que ver qué es, cuál es el argumento, porque yo sinceramente que sea recientemente y podría cuestiones políticas tan graves, por ejemplo, en Inglaterra, para que una persona pueda calificar para ese asilo político.

Pero, por ejemplo, una persona viene de algún país del Medio Oriente y aplica para un asilo basado en cuestiones religiosas. Sabemos que la religión es un punto supremamente importante en estos países de Medio Oriente y que hay mujeres que pueden ser incluso asesinadas, si está en un país que tenga esas culturas religiosas tan arraigadas, que tengan que usar la burka y que tienen que taparse toda de negro y los ojos y el pelo.

Entonces, de pronto, una si los religiosos de un país de estos tienen más mérito. Entonces, la ley no dice estos países sí y estos países no, no. La ley establece unos requisitos y uno mira, yo por ejemplo le doy un ejemplo, yo tuve hace muchos años cuando Chile era la economía número uno a nivel de Latinoamérica, de Suramérica, era el país más estable económicamente de Latinoamérica, no me acuerdo en ese momento qué año fue, creo que fue alrededor de los 2006-2007, de hecho eso fue una de las razones que tuvo el gobierno de Estados Unidos para darle el visa waiver o la excepción de visado a Chile, su solidez económica.

Entonces había gente que venía y pedía, decía, yo soy chileno y quiero pedir asilo que por el gobierno. Y yo decía, pero bueno, pero por Dios, o sea, que así lo puedo, yo ayudarle a una persona a presentar de Chile, si es un país que está muy abundante y próspero en este momento y no hay en ese momento ningún conflicto político como que pueda ser meritorio a una si.

Entonces la mayoría de veces uno le dice no señor o sea yo no veo ningún caso de asilo en su caso o sea entonces bueno esos son los análisis que hace uno Juan Camilo para contestarle al señor no es que haya una lista esta si estas no sino que es toda una evaluación del país de la situación del reclamo de la persona a ver si encaja dentro de los requisitos de ese asilo.

JUAN CAMILO:
Interesante eso abogada y si tenemos alguna inquietud alguna duda. Lo mejor es que sigan consultando con la abogada Martha Arias. Nosotros dejamos el teléfono abajo porque es una abogada de mucha experiencia en asuntos migratorios que nos ayuda a entender muchos de estos temas. Y la idea es hacer un con algún problema migratorio o que quiere regularizar su situación o que quiere tiene algún problema que se está tardando mucho y quiere realmente como retomarlo. Así que muchas de estas alternativas las pueden encontrar con Martha Arias. Que además es una abogada que ya cuántos años ya ha estado usted ejerciendo abogada el derecho migratorio.

MARTHA ARIAS:
21 años Juan Camilo.

JUAN CAMILO:
En todo el país porque la ley migratoria es federal.

MARTHA ARIAS:
Es correcto. La ley de inmigración es federal. Quiere decir que aplican todo el territorio de los Estados Unidos en todos los estados. Sí, es cierto que hay ciertas interpretaciones de la ley de inmigración que varían dependiendo del circuito. Por ejemplo, aquí en el sur de la Florida es nosotros o en la Florida, pertenecemos al circuito 11. El circuito 11 puede tener una interpretación distinta de lo que es, por ejemplo, un delito por posesión de marihuana de menos de 30 gramos, porque la ley estatal que sanciona la posesión de marihuana está escrita de una forma distinta a, por ejemplo, un caso que está en Chicago. Entonces, la corte del circuito al que pertenece Chicago puede tener una interpretación distinta a la corte del circuito del circuito 11. Entonces ahí es donde uno como abogado tiene que tener experiencia. Porque si yo estoy en la Florida y tengo a un cliente que se llama Juanito. Juanito fue convicto de posesión de dos o tres posesiones de marihuana menos de 30 gramos en Chicago. Pero Juanito está en la Florida y lo mandaron a un proceso de deportación en la Florida.

¿Cuál es la ley del circuito o el precedente del circuito que yo debo mirar? La Florida o el que pertenece a Chicago. Creo que Chicago es el segundo circuito, si no estoy mal. Entonces yo tengo que ir a mirar la interpretación de Chicago porque la convicción fue allá. Aunque él esté en este circuito, yo tengo que mirar eso. Entonces eso es lo que uno como abogado tiene que saber para ubicarse en la defensa de las personas y ahí la experiencia es muy importante.

JUAN CAMILO:
tal vez para conocer un poquito más sobre usted abogada que siempre nos ayuda mucho a entender un poco lo que ocurre en materia migratoria. Cuéntanos en dónde estudió Derecho y cómo cómo se especializó en Derecho Migratorio.

MARTHA ARIAS:
Yo estudié Derecho aquí en la me grabe. Aquí hay un la carrera Derecho aquí se llama Juris Doctor. O sea, es un doctorado en leyes porque se supone que uno va al colegio de leyes; después de que obtiene un bachelor’s degree de cuatro, aquí la carrera son siete. Entonces yo fui a la Universidad de St. Thomas a ser mi Juris Doctor o el título de abogada de aquí, pero yo me gradué de abogada inicialmente en Colombia. Cuando vine aquí, hice la validación y me tocaba ir al colegio de leyes por los tres años, porque me vale mi título de Colombia como un bachelor y entonces voy al colegio de leyes tres años más. Pero yo también hice una maestría en leyes aquí en la Universidad de Miami. Entonces sí, son más o menos nueve años de leyes que estudié. De los cinco de Colombia más uno que uno hace una tesis en Colombia, yo diría seis. Y los tres de aquí sería nueve y el año de maestría sería uno.

Entonces, el total más o menos 10 años de estudio de leches. Eso ayuda mucho a la interpretación de la ley, cómo uno analiza los casos, Juan Camilo, porque, pues, obviamente, entre más estudia uno, como su mente analítica funciona distinto.

JUAN CAMILO:
Abogada, ¿y por qué? Porque se decantó por el derecho migratorio, porque no por habiendo tantas ramas penal, tributario, comercial. ¿Por qué dijo me vuelco a migración?

MARTHA ARIAS:
Esa es una buena pregunta y me alegra que estemos hablando en este momento de mi experiencia y de mi, vamos a decir, mis estudios y esta parte personal, porque también es importante que las personas que nos han escuchado y han visto por tanto tiempo acá, pues sepan quién es Martha Arias. La razón de que empecé a ejercer el derecho emigratorio, que ahora me encanta, digamos, esta rama de la ley, fue un accidente. Fue un accidente porque yo quería ejercer el derecho de impuestos, Taxation, y había trabajado en la universidad como haciendo investigaciones legales en impuestos por dos años y llevaba también muchos años haciendo y escribiendo artículos sobre derecho de impuestos, sobre todo relacionado con el Internet o lo que se llama el e-commerce. De hecho tengo un libro que escribí, bueno no escribí, lo ayudé a editar, yo no lo escribí, con una de las compañías que trabajaba editando esto. Pero entonces el derecho de impuesto, Juan Camilo, es muy demandante en el sentido de que uno entra a trabajar a las 8 de la mañana y sale a las 11 o 12 de la noche. Esa es como la vida de los abogados de impuestos que empiezan, por lo menos cuando yo empecé hace 21 años atrás. Hoy de pronto son más relajados, sobre todo después de la pandemia.

Pero yo tenía un hijo, tengo un hijo y en ese momento mi hijo tenía cinco añitos. Iba a empezar su colegio y entonces yo tuve que decidir entre ser una madre ausente dedicada al derecho, el derecho de impuestos; que no me iba a ver, yo creo que ni los fines de semana, porque imagínense yo para salir y estar en el trabajo a las ocho y llegar a las once, no iba a ver a mi hijo. Y si le iba a ver el fin de semana, me imagino que yo iba a estar muerta, agotada, que quería dormir y no lo quería ni ver.

Entonces, entre ser una madre ausente o una madre presente, pues decidí ser una madre presente. Y mi jefe de la maestría en impuestos que era donde trabajaba haciendo la investigación de legales de impuestos, me digo, si tú quieres estar en la casa y tener un trabajo de 9 a 5 como abogada, vaya a una oficina pequeña y sea algo de familia o inmigración. Y yo me quedé pensando, Juan Camilo, oh my gosh, me va a tocar cambiar el área. Y sí, efectivamente, que ejercía el derecho migratorio y ahí empecé y le cogí cariño y amor a la práctica y eso me permitió ser una madre presente, trabajar. Mientras mi hijo iba al colegio, yo veía a mis clientes y en la tarde, yo me encerraba en una oficina en mi casa a trabajar, terminaba a las seis, hacía las tareas con mi hijo, le hacía la comida, conversábamos y lo acostaba y a las diez seguía trabajando hasta la una de la mañana o dos. Y así fue que crecí mi práctica Juan Camilo, o sea, tratando de manejar los dos roles de abogada y de madre y bueno, creo que creo que lo logré con los dos.

JUAN CAMILO:
La abogada que gran historia. Gracias por compartirla un poco, porque siempre nos enfocamos tanto en su conocimiento, pero pero nos hacía falta también conocer un poco de dónde había venido y esa historia. Y ya entonces más de 20 años de experiencia en derecho migratorio.

MARTHA ARIAS:
Sí, esa experiencia es muy importante porque también a raíz de que yo alcance a trabajar nomás como un año con este abogado inicialmente, cuando empecé mi práctica como abogada ya independiente, obviamente me tuve que aprender mucho sola. Entonces por eso me tenía que acostar tan tarde porque me tenía que entrar a leer, ahí sí como decimos nosotros a devorarme los libros, los casos, obviamente tenía mentores, la Asociación de Abogados de Inmigración que también ayuda mucho cuando uno inicia esta carrera. Entonces una combinación de apoyo y de mentores y de mi propio esfuerzo por estudiar para poder uno adquirir el conocimiento. Y bueno, eso es lo que tenemos que hacer cuando empezamos una carrera, que nos ayuden a ponerles tenemos en en gente que nos

JUAN CAMILO:
Gracias por por compartir con Vimos que eh nos quedamos experiencia laboral de la algunas preguntas que nos alcanzar a abordarlas, pero no porque vamos a tener chance la Vemos que Miguel, que por acá mi lady o Adriana, creo que me pareció ver, tenían más preguntas. Vamos a abordarlas en una próxima oportunidad. Eso sí, si quieren tener una respuesta pronto, quieren realmente consultar en un espacio mucho más personalizado y realmente salir de dudas. Esto es algo que apenas hacemos como un abre bocas. Abajo encuentran el teléfono de la abogada Martha Arias. Es el (305) 671-0018 o pueden visitar su página web que es AriasVilla.com en Facebook su página Arias Villa Law también tiene mucha información y la recomendación por supuesto sigan la cuenta de Instagram. Acá arriba la encuentran Martha_Arias98, la información va a quedar aprovechen, compártanlo, y nos oportunidad con la abogada muchas más de esas preguntas. nosotros, y nos vemos la

MARTHA ARIAS:
Así mismo Juan Camilo, Dios semana, gracias a las personas enviaron sus preguntas, mi Instagram también les pido que se suscriban. Martha_Arias98 y en mi página web AriasVilla.com que está allí. También hay blogs y hay mucha información y también ponemos estos videos o estos Instagram y en AriasVillaLaw lo que es como estamos en Facebook y tenemos también unos programas de radio que damos aquí también en la ciudad de Miami y los estamos poniendo en Spotify. Así que también en Spotify no pueden encontrar y darle esos programas o esos audios a familiares o amigos que quieran ser interesados y escuchar las noticias de inmigración que damos cada semana.

JUAN CAMILO:
Muy bueno, muy bueno. Muchos ganas para estar conectados. Abogada, gracias. Nos vemos en una próxima oportunidad.

MARTHA ARIAS:
Gracias. Feliz resto de semana.

About Martha Arias

Immigration Attorney, Martha Liliana Arias, Esq. is the founder and sole owner of Arias Villa Law, a full-service immigration law firm located in Miami, FL. Martha has been exclusively and successfully practicing U.S. immigration law for almost two decades; she has relevant experience with removal defense cases, USCIS and NVC cases, and business visas, particularly EB-5 investor visas.

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